sábado, 25 de noviembre de 2006

¿Conducir sin permiso no es delito?...La justicia es ciega...




A la vista de las leyes vigentes, los legisladores (diputados y senadores) aplican el criterio de que sin cadáver no hay delito...
El primer automovilista español al que le fue retirado el permiso de conducir por perder los 12 puntos, Miguel Ángel M.G., de 40 años (¡atención: no es un joven irresponsable!), ha sido sorprendido en Arucas (Gran Canaria) al volante de un coche. Una vez detenido el automóvil, el tipo salió del coche con el porro en los labios, saludó con desparpajo a los agentes de Tráfico, alardeó de ser el primer conductor español que había perdido el permiso por puntos, y en la prueba de alcoholemia cuadruplicó la tasa máxima permitida. Este individuo-ejemplo de incivismo ha estado apenas una semana sin conducir un coche, pues el permiso le fue retirado el pasado 25 de octubre por haber cometido tres infracciones graves: conducir por la izquierda en una vía de doble sentido (cuatro puntos menos), desobedecer las señales de la Guardia Civil (otros cuatro puntos perdidos) y dar positivo en la prueba de alcoholemia (lo que le restó seis puntos más). Dos detalles curiosos: las autoridades sólo proporcionan las iniciales de los apellidos de quienes cometen actos incívicos tan flagrantes como el relatado (¿qué norma o ley obliga a proteger la identidad de esos tipos?)
Y segundo, el cuarentón de marras, que ha dado pruebas inequívocas de ser un peligro real para el resto de ciudadanos, no puede ser juzgado por conducir sin permiso, pues esa acción no es delito penal.
Vamos, que el tal Miguel Ángel --cuya identidad merece protección-- será condenado, como mucho, a unos meses de cárcel por un delito contra el seguridad, pero no puede ser penado por conducir sin permiso. Y luego regresará al paraíso de la irresponsabilidad consentida.
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ACTUALIZACIÓN: El protagonista del suceso ha sido juzgado por el "procedimiento de urgencia" y condenado a cuatro meses de cárcel por un delito contra la seguridad vial --que no por conducir sin permiso--. Pese a que las condenas de cárcel inferiores a dos años son excusables, el ejemplar individuo debe ingresar en la penitenciaría de Gran Canaria porque tiene antecedentes penales. En fin, que se trata de un angelito. Eso sí, su identidad sigue mereciendo protección por respeto a su honor.
[MÁS INFORMACIÓN sobre el permiso de conducir por puntos y dudas sobre su aplicación, en este práctico consultorio de LA VOZ DE GALICIA]
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Por FÉLIX SORIA

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